Tribunal de Cuentas

FABIANA HEREDIA

Fabiana Raquel Heredia

PRESIDENTE

MAXIMILIANO LOZA

Arturo Maximiliano Loza

VICEPRESIDENTE

Conformación

Es un órgano que se integra con tres (3) miembros, elegidos en forma directa por el Cuerpo Electoral en oportunidad de la renovación ordinaria de las autoridades municipales. Corresponden dos (2) al partido que obtenga la mayor cantidad de votos y uno (1) al que le siga. Duran en su mandato cuatro (4) años y cesan el mismo día en que expire ese plazo, sin que evento alguno que lo haya interrumpido sea motivo para que se les complete más tarde.

Misión

Controlar con responsabilidad legal la ejecución de las  actividades administrativas financieras del presupuesto de la Municipalidad de Villa de Soto

Visión

Ser un organismo eficaz en  el  control de las actividades presupuestarias de la municipalidad de Villa de Soto.

Competencia

Ejerce el control contable, económico y de legalidad del gasto.

Atribuciones

SON ATRIBUCIONES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS

  • Revisar las cuentas generales y especiales, balances parciales y generales del ejercicio del Municipio y de los organismos autárquicos, empresas, sociedades de economía mixta y entidades donde se comprometan intereses económicos municipales, que comprenda la correspondencia de los ingresos y egresos con las respectivas previsiones y ejecuciones presupuestarias.
  • Fiscalizar las cuentas por medio de auditorías de contenido económico o financiero, por propia iniciativa o a solicitud del Intendente o del Concejo Deliberante.
  • Visar, previo a su cumplimiento, todos los actos administrativos que comprometan gastos, en la forma que disponga la ordenanza.
  • Aprobar, luego de su cumplimiento, las órdenes de pago expedidas.
  • Remitir al Concejo Deliberante el dictamen sobre la Cuenta General del Ejercicio dentro de los sesenta (60) días de haber sido recibida.
  • Fiscalizar el destino de los fondos o beneficios recibidos u otorgados en carácter de subsidios o subvenciones.
  • Fiscalizar las cuentas o gastos del Concejo Deliberante.
  • Fiscalizar las operaciones financieras o patrimoniales de la administración.
  • Actuar como órgano requirente ante los Tribunales de Justicia en los juicios de cuentas y de responsabilidad de los funcionarios municipales.
  • Convocar a elecciones extraordinarias cuando estuvieren acéfalos el Concejo Deliberante y el Departamento Ejecutivo.
  • Instruir sumarios e investigaciones administrativas para determinar responsabilidades patrimoniales.
  • Ejercer control de gestión sobre la ejecución presupuestaria.
  • Dictar su reglamento interno.